TIERRA de PINARES
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Para mi señora "Lady Ann"

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Mensaje  Tertulia Mar 12 Ene 2010 - 9:13

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Mi grácil lady Ann.

No tengo por menos que agradeceros vuestras advertencias sobre los malvados bufoneros de la corte. Fijaos si es así, que he querido abrir un nuevo post para contestar tan misericorde mensaje y no mezclarlo con el resto de los habidos en el post "ande andarán" donde aparece vuestras advertencias.
No os preocupéis, la torpeza de nuestros mandatarios es solo comparable con el tamaño de la Torre de Londres, pero no creo que osen intentar descubrir nuestras identidades por que, para poder hacerlo, tendrían que agredir nuestro amadísimo Código Penal.

A tal efecto y rogando sepáis disculpar la poble prosa con que está escrito dicho Código, os hago indicación de alguno de los artículos que tendrían que vulnerar para conocer nuestras humildes identidades:

Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.


TÍTULO X.
DELITOS CONTRA LA INTIMIDAD, EL DERECHO A LA PROPIA IMAGEN Y LA INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO.


CAPÍTULO I.
DEL DESCUBRIMIENTO Y REVELACIÓN DE SECRETOS.



Artículo 197.

1. El que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales o intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses.

2. Las mismas penas se impondrán al que, sin estar autorizado, se apodere, utilice o modifique, en perjuicio de tercero, datos reservados de carácter personal o familiar de otro que se hallen registrados en ficheros o soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, o en cualquier otro tipo de archivo o registro público o privado. Iguales penas se impondrán a quien, sin estar autorizado, acceda por cualquier medio a los mismos y a quien los altere o utilice en perjuicio del titular de los datos o de un tercero.

3. Se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas a que se refieren los números anteriores.
Será castigado con las penas de prisión de uno a tres años y multa de doce a veinticuatro meses, el que, con conocimiento de su origen ilícito y sin haber tomado parte en su descubrimiento, realizare la conducta descrita en el párrafo anterior.

4. Si los hechos descritos en los apartados 1 y 2 de este artículo se realizan por las personas encargadas o responsables de los ficheros, soportes informáticos, electrónicos o telemáticos, archivos o registros, se impondrá la pena de prisión de tres a cinco años, y si se difunden, ceden o revelan los datos reservados, se impondrá la pena en su mitad superior.

5. Igualmente, cuando los hechos descritos en los apartados anteriores afecten a datos de carácter personal que revelen la ideología, religión, creencias, salud, origen racial o vida sexual, o la víctima fuere un menor de edad o un incapaz, se impondrán las penas previstas en su mitad superior.

6. Si los hechos se realizan con fines lucrativos, se impondrán las penas respectivamente previstas en los apartados 1 al 4 de este artículo en su mitad superior. Si además afectan a datos de los mencionados en el apartado 5, la pena a imponer será la de prisión de cuatro a siete años.

Artículo 198.

La autoridad o funcionario público que, fuera de los casos permitidos por la Ley, sin mediar causa legal por delito, y prevaliéndose de su cargo, realizare cualquiera de las conductas descritas en el , será castigado con las penas respectivamente previstas en el mismo, en su mitad superior y, además, con la de inhabilitación absoluta por tiempo de seis a doce años.

Artículo 199.


1. El que revelare secretos ajenos, de los que tenga conocimiento por razón de su oficio o sus relaciones laborales, será castigado con la pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses.

2. El profesional que, con incumplimiento de su obligación de sigilo o reserva, divulgue los secretos de otra persona, será castigado con la pena de prisión de uno a cuatro años, multa de doce a veinticuatro meses e inhabilitación especial para dicha profesión por tiempo de dos a seis años.


Como bien habréis podido apreciar, es del todo imposible que los bufoneros del reino descubran nuestras graciosas identidades a no ser que sean muy malos "malísimos" y trasgredan un montón de articulillos del Código Penal por no hablar de la más que conocida incapacidad de estos señores para hacer nada y, mucho menos, hacer de Enriques VIII de la red.

Pero no hemos de descartar nunca nada por lo que si, vaya su majestuosa dama a saber, consiguen nuestras identidades tendrán un montón de "advocatus" dispuestos a reclamarles enormes sumas de doblones de oro, amén del escarnio que supone el salir en todos los noticieros de nuestros más famosos juglares.

No me preguntéis cómo, pero yo sabría "de inmediato" si tan semejante dislate se llegara a producir.

A mi pluma se le acaba la tinta y no es menester dejarla seca por lo que me despido ya de vos susurrándole al oido que si mi castigo por luchar contra los despiadados bufoneros del rey, es pasar el resto de mis días encerrado con vos en la Torrea Blanca, mañana mismo mandaré hacer sonar las campanas del reino anunciando mi nombre.

Rindo mi capa y mi espada a sus pies.

Siempre vuestro, Sir Thomas Tertuliano.

P.D. Topo, creo que yo ya he ligado así que JMI "pa" tí.

Tertulia
Invitado


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Para mi señora "Lady Ann" Empty Para Sir Thomas Tertuliam.

Mensaje  Lady Ann Miér 13 Ene 2010 - 0:23

Excelencia.

Me dirijo una vez más a vos para comunicarle, que he recibido su obra completa la cual guardo celosamente entre mis libros de vidas de santos y mis trabajos de costura, ya que si el rey entra y en mis aposentos y descubre mi aficción por la politica, el urbanismo, la brujería y demás lecturas poco aconsejadas para una dama de mi condición, es bién seguro que seré juzgada como bruja y mi ejecución sería inminente.

Despues de esta grata lectura solo me queda decir que su magnanimidad y su inteligencia no conocen fín por desgracia al igual que el reinado de quien cuyo nombre no oso pronunciar.

Estos dias desde mi carroza he podido contemplar las obras públicas que se estan llevando a cabo en nuestro reino pero no alcancé a reconocer ninguna cara conocida en quienes allí trabajaban, más pudieran ser personas de tez más oscura y semblante bondadoso.

Entre mis damas de compañía se rumorea que son personas procedentes del nuevo mundo.

Le reitero una vez más mi agradecimiento,creo que nuestro reino jamás le agradecerá lo suficiente su maravillosa obra.
Le llevo presente en mis oraciones.

Siempre suya

Lady Ann B.

Lady Ann
Invitado


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Para mi señora "Lady Ann" Empty Re: Para mi señora "Lady Ann"

Mensaje  Tertulia Miér 13 Ene 2010 - 4:59

Mi soñada Lady Ann.

Mil gracias mil por vuestra información tan gentil.
Más sin ser aquesta noticia nada nuevo para la vista, nunca ha de quedar nuestra memoria recordar.

Más un favor pediros quiero, ¡que os cuidéis bella dama!, no sea que cerca de la cerca de la nueva alberca, un rufián pueda ver
vuestros ojos escruñar, el horizonte peculiar, de unas obras sin acabar.

Cien demonios acanzaren a quien ose nuestro sueño despertar y advertir quiero, al mundo entero, que mi espada ha de probar quien con artimañas, fin quiera dar, a nuestra forma de pensar.
Y, como de caballeros es advertir del peligro que ha de vivir, quien tan atroz y vil acción, pueda llegar a permitir, hago mías unas palabras de un insigne aventurero, Don Juan Tenorio se llama, tan ilustre caballero:
Llamé al cielo y no me oyó y pues sus puertas me cierra, de mis pasos en la tierra, responda el cielo y no yó.

Os dejo ya, Lady Ann, que mi espada he de afilar si mil batallas quiero ganar.

Siempre vuestro, Sir Thomas Tertuliano.

Tertulia
Invitado


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Para mi señora "Lady Ann" Empty para Sir Thomas

Mensaje  lady Ann Boleynn Miér 13 Ene 2010 - 22:45

Excelencia.

Me dirijo a vos una vez más para agradecer vuestras valerosas e inmerecidas palabras hacia mi humilde persona, pues tengo la certeza de que vuestros hermosos elogios brotan de vuestro noble corazón.

Mi señor, la debilidad que siento en mi cuerpo y en mi alma me impiden comunicarme con vos más de lo que desearía y en estos dias tengo previsto abandonar la corte para partir hacia la comarca de Greensville of Medine donde espero recuperarame y aprovechar para leer ciertos ensayos donde aparecen conceptos relacionados con las obras reales como licitacion, concurso público, reformas, separatas, . Tales palabras parecieran haber sido inspiradas por el mismísimo diablo.

Cuando me recupere, vos sereis el primero en saberlo.

Os llevo presente en mis plegarias y en mi débil corazón.

God bless you, my Lord.

Ann Boleynn.

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Para mi señora "Lady Ann" Empty Re: Para mi señora "Lady Ann"

Mensaje  Dunia Lun 28 Jun 2010 - 9:39

Hace muchisimo tiempo que no escribe nada Lady Ann, Cuando regresas? el foro sin tí no es el mismo, si supieras lo entretenida que estaba, cuando escribias...

Dunia
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Para mi señora "Lady Ann" Empty Re: Para mi señora "Lady Ann"

Mensaje  cansino Mar 29 Jun 2010 - 1:24

Comprate un libro si tantas ganas tienes de leer gandul.

cansino
Invitado


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Para mi señora "Lady Ann" Empty Re: Para mi señora "Lady Ann"

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